viernes, 14 de junio de 2013

La Globalización:     

Aunque el término "globalización" está muy de moda, mucha gente no sabe de qué se trata. Y los que sí saben no logran llegar a un acuerdo para dar con una sola definición. Se entiende, que es un proceso multidimensional, no solo económico, sino también cultural, político y social que tiene como expresión más determinante la interdependencia de los mercados. Además, es un fenómeno donde los acontecimientos se suceden al instante.

Definiciones precisas hay muchas. La real academia de la lengua dice que es "la tendencia de los mercados y de las empresas a extenderse, alcanzando una dimensión mundial que sobrepasa las fronteras nacionales". En cambio, el fondo monetario internacional la define como "el proceso de acelerada integración mundial de la economía, a través de la producción, el comercio, los flujos financieros, la difusión tecnológica, las redes de información y las corrientes culturales".

Efectos e Impacto en el ambito Juridico:

El Derecho es una Ciencia cultural o social que estudia el cambio propiamente humano de la realidad, por lo que el Derecho se origina por los grupos y fuerzas que de manera desigual operan en cada sociedad concreta, por tanto; es parte de ella y se relaciona con los demás factores y productos sociales, (demográficos, políticos, económicos, culturales entre otros), de tal manera se puede afirmar que existe una conexión entre los contenidos de las relaciones jurídicas, las diferentes relaciones sociales, y los factores que las condicionan. La evolución del derecho va cambiada continuamente, no sólo en extensión y en complejidad, sino también en orientación y contenido.

Dichos cambios producen como consecuencia, un intenso desarrollo legislativo, marcado por un acentuado propósito de lograr la actualización de normas y la integración del país en el marco de un mundo globalizado.

La aparición de nuevos modelos de interacción social, económica y política, impone una necesidad de sensibilización del jurista para así poder entender de forma más acabada lo que se entendería como un derecho globalizado.

La mundialización del “nuevo orden jurídico”, irrumpe en el escenario jurídico mundial y equivale a: autonomía, espontaneidad, nueva estabilidad y equilibrio, más social, menos estatal, sin fronteras y siempre bajo la base y el irrestricto respeto de los derechos fundamentales que otorga al ser humano como parte integrante del nuevo sujeto jurídico:

De esta manera, se manifiesta que un derecho globalizado impone obligaciones y derechos de rango mayor, tales como: la protección a los derechos humanos, la protección del medio ambiente, la proliferación de armas de destrucción masiva o la lucha contra el terrorismo; que dicho sea de paso, son de interés y preocupación común del mundo en su conjunto, únicamente satisfechos globalmente.

El “nuevo Derecho” se caracteriza por su supremacía sobre los “demás Derechos”, ya que defienden el interés de la comunidad internacional (general y común), fomentado la solidaridad internacional; configurándose sobre la base del derecho convencional, el institucional, la jurisprudencia internacional y la costumbre internacional.

El Derecho Global tiende a la horizontalidad, unión, democracia, desarrollo sostenible, cooperación y solidaridad de los Estados del mundo, mediante una paz dinámica, que elimina a la vez las injusticias. El mismo, contiene paradigmas, principios y valores superiores, que permiten afrontar los nuevos retos globales. Este “Derecho Mundial” nos ha regalado, además, recientes “Derechos”, como: el de la responsabilidad internacional, de las organizaciones internacionales, el procesal internacional, de la integración, los derechos humanos universales, el medio ambiente, el Derecho internacional económico y los Tratados Internacionales.

Por lo que para entender los nuevos desafíos de un mundo globalizado, tendremos que entender que ya no vivimos en la sociedad relativamente estable del siglo XIX, en donde el jurista tenía la misión de conservar y transmitir un conjunto de reglas dadas o el rol de elaborarlas en un sistema formalmente coherente. Hoy la sociedad está en constante transformación, por lo que el jurista no puede limitarse a resguardar procedimientos formales o sistematizar datos inertes, sino que debe irse sensibilizando a un derecho adaptado a la aparición de nuevos modelos de interacción social, económica y política que ya no solo incumbe a relaciones nacionales propias de un estado, sino a un espacio mundializado que aborden las relaciones, más cercanas que distantes.